¿Sabes qué es un Delito Ambiental?
Por René Salas
Se consideran delitos ambientales, entre otros: Realizar actividades con materiales o residuos peligrosos que dañen la salud pública, la flora y fauna silvestre, los recursos naturales o los ecosistemas.
Descargar contaminantes a la atmósfera, que ocasionen daños a los recursos naturales.
Ahora bien, en la Ciudad de México los delitos ambientales se castigan de tres a nueve años de prisión y de 1,000 a 5,000 días de multa, puesto que dañan el patrimonio natural.
¿Cómo denunciarlos?
La Secretaría del Medio Ambiente Local (SEDEMA) ha informado que las personas que sean testigos de un delito ambiental, pueden denunciarlo ante la Procuraduría Ambiental y de Ordenamiento Territorial (PAOT), ya sea a través de sus redes sociales o del teléfono 55 52 65 07 80. ¿Pero esto sucede en la realidad?
¿Alguna vez has visto a alguna persona tirar un árbol o arrancar plantas, porque le cae mal su vecina(o) que las cuida y riega todos los días a las seis de la mañana?
Puedes acudir ante la Fiscalía de Investigación en Delitos Ambientales y en Materia de Protección Urbana (FIDAMPU), al 55 5346 8916; o la Dirección General de Inspección y Vigilancia Ambiental de la Ciudad de México (DGIVA), al 55 5134 2380 extensión 4110. Incluso a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) al 800 776 3372.
Sin embargo, se recomienda para que la denuncia sea efectiva, la presentes por escrito, una vez que se contactó con la instancia competente dependiendo del delito ambiental, debes considerar lo siguiente en el contenido de tu escrito: Fecha, ubicación, fotografías o evidencias, y narración puntual de los hechos.
Para todo lo anterior, resulta de suma importancia entender y tener en el radar que es una conducta que desprende un delito de carácter ambiental.
¿Qué acciones son consideradas delitos ambientales?
Entre otras:
- Invasión, despojo o venta de lotes en suelo forestal o agrícola.
- Talar u ocasionar la muerte de árboles.
- Trasladar madera de un área natural protegida o suelo de conservación.
- Cambio o uso de suelo.
- Extraer piedra, tierra negra o de monte de un área natural protegida o suelo de conservación.
- Tirar cascajo.
- Provocar incendios forestales.
Considerando los constantes cambios tecnológicos, jurídicos y condiciones socioculturales de la Ciudad de México, nuestra aportación sería que los delitos ambientales deben tener un espectro mayor, por ejemplo reformar el Código Penal Local para integrar como delito el abandono de animales no humanos, para que se persiga penalmente, en su calidad de seres sintientes reconocida por la Constitución de la Ciudad de México.
Ejemplo de lo anterior, es lo que ha dado cuenta la historia de la Ciudad, en donde personas inhumanas y excéntricas coleccionan animales silvestres incluso, aún cuando se les denuncia no pasa nada penalmente; pero en especial de quienes sin la menor consideración abandonan animales de compañía en vía pública o azoteas, cuyo destino es una muerte cruel por atropellamientos, maltratos, hambre y sed, calor, frío, lluvia, o asesinados en antirrábicos o ritos de santería.
Dicha reforma al Código Penal, tendría como consecuencia un cambio legal, cultural, moral y de conciencia de los habitantes de la Ciudad de México, respecto del trato hacia los demás animales dejándolos de considerar como “cosas” que no tienen derechos ni sintiencia, y de esta manera salir del deshonroso tercer lugar mundial del país con mayor número de animales en situación de calle. Además de que contribuiría considerablemente a mejorar la calidad del aire de la Capital, ya que actualmente la contaminación por heces es un elemento importante, y evidentemente evitar el nacimiento y sufrimiento de millones de animales en situación de calle, y salvaguardar el derecho humano a un medio ambiente saludable.
¿Cómo cambiar la normalización de la violencia hacia los demás animales? ¿Cómo sensibilizar y humanizar a las personas que tienen animales de compañía en estado de abandono extremo, sin comida o agua, sin techo, amarrados y en un habitad insalubre.
Retomando, algunos de los delitos ambientales considerados en el Código Penal Local son: contaminación del ambiente; incumplimiento de las normas relacionadas al manejo de residuos sólidos; el tráfico ilegal de residuos peligrosos; tráfico ilegal de especies de flora y fauna silvestre protegidas; tráfico ilegal de especies acuáticas.
Pero qué hay de los animales como seres sintientes, consideramos que es de suma importancia la necesidad de legislar al respecto.
Y tú, querida amiga o amigo lector de la columna semanal de #ElAbogadoCercaDeTi, ¿Has sido víctima de un Delito Ambiental o sabes de algún vecino o conocido que incurra en estas conductas lacerantes?
Nos leemos la próxima semana, reciban un cordial saludo y no se pierdan este próximo viernes 8 de julio a las 17:00 horas, segundo capítulo de la Tercera Temporada de nuestro programa en plataforma Opcion.Mx. ¡Sonríe y el poder será tuyo!
Recopilación de Datos: Lic. Ulises López Clemente
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