¿Qué es la violencia contra las mujeres?
Por Mariana Jiménez
Según datos de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, hasta marzo del 2024, México se encuentra en décimo lugar a nivel mundial hablando de violencia contra las mujeres, definida esta en La ley General de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como; “toda acción u omisión que, basada en su género y derivada del uso y/o abuso del poder, tenga por objeto o resultado un daño o sufrimiento físico, psicológico, patrimonial, económico, sexual o la muerte a las mujeres, tanto en el ámbito público como privado, que limite su acceso a una vida libre de violencia.”
Es importante señalar cada una de ella, y visualizar como es que la violencia se puede dar en todos los ámbitos y espacios de nuestras vidas al interior del núcleo familiar y en la sociedad.
Hasta hoy en día se han clasificado nueve modalidades de violencia señaladas en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una vida Libre de Violencia (LGAMVLV) estos son:
Violencia Familiar: esta se puede dar dentro o fuera de casa, y es ejercida por una persona que este o haya estado en una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, derivada del matrimonio, concubinato o sociedad de convivencia.
Violencia en el noviazgo Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir a las mujeres de cualquier edad, mediante la relación de uno o varios tipos de violencia, durante o después de una relación de noviazgo, una relación afectiva o de hecho o una relación sexual.
Violencia laboral Es aquella que ocurre cuando se presenta la negativa a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación por condición de género;
Violencia Escolar. Son todas aquellas conductas, acciones u omisiones, infligidas por el personal docente o administrativo o cualquier integrante de la comunidad educativa que daña la dignidad, integridad, libertad y seguridad de las víctimas. La violencia escolar se manifiesta en todas aquellas conductas cometidas individual o colectivamente, en un proceso de interacción que se realiza y prolonga tanto al interior como al exterior de los planteles educativos o del horario escolar, y se expresa mediante la realización de uno o varios tipos de violencia contra las mujeres en cualquier etapa de su vida.
Violencia Docente. Es aquella que puede ocurrir cuando se daña la autoestima de las alumnas o maestras con actos de discriminación por su sexo, edad, condición social, académica, limitaciones y/o características físicas, que les infligen maestras o maestros.
Violencia en la Comunidad. Es aquella cometida de forma individual o colectiva, que atenta contra su seguridad e integridad personal y que puede ocurrir en el barrio, en los espacios públicos o de uso común, de libre tránsito o en inmuebles públicos propiciando su discriminación, marginación o exclusión social;
Violencia Institucional. Son los actos u omisiones de las personas con calidad de servidor público que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia.
Violencia mediática, es aquella publicación o difusión de mensajes e imágenes estereotipados a través de cualquier medio de comunicación local, que de manera directa o indirecta promueva la explotación de mujeres o sus imágenes, injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o atente contra la dignidad de las mujeres, como así también la utilización de mujeres, adolescentes y niñas en mensajes e imágenes pornográficas, legitimando la desigualdad de trato o construya patrones socioculturales reproductores de la desigualdad o generadores de violencia contra las mujeres.
Violencia Política en Razón de Género, es toda acción u omisión ejercida en contra de una mujer, en el ámbito político o público, que tenga por objeto o resultado sesgar, condicionar, impedir, restringir, suspender, menoscabar, anular, obstaculizar, excluir o afectar el reconocimiento, acceso, goce o ejercicio de los derechos político electorales de una mujer, así como el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo o función en el poder público.Una vez que conocemos las características de cada una de las modalidades, podremos recapacitar si es que hemos sufrido alguna de ellas, para actuar en consecuencia en defensa de nuestro derecho a vivir sin violencia
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